CONDENA a los jóvenes adultos: IDENTIDAD OMITIDA, a cumplir la SANCION DE TRES (03) MESES DE IMPOSICIÓN DE REGLAS DE CONDUCTA, por la comisión del delito de HURTO CALIFIADO EN GRADO DE COAUTORIA, previsto en el artículo 453, ordinal 9º del Código Penal; en perjuicio del ciudadano: ARGENIS COROMOTO PEREZ AZUAJE, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 620 Literal "B", en relación con el artículo 624, en correspondencia con el artículo 583 todos de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes..