ORDENA el CESE DE LA MEDIDA DE LIBERTAD ASISTIDA prevista en el artículo 626 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, dictada a la joven IDENTIDAD OMITIDA. De igual forma este juzgado deja expresa constancia que la joven deberá cumplir las otras medidas de imposición de reglas de conducta y servicios la comunidad las cuales concluirán de acuerdo a lo previsto en el computo correspondiente Y ASI SE DECIDE Notifíquese a las parte Cúmplase.-