este Tribunal niega la apelación por cuanto:
1- En relación a la representación de la empresa TECNICA MECANICA RAMON BRICEÑO C.A en virtud que no consta a los autos documento alguno que valide o acredite como representante al ciudadano RAMON BENITO BRICEÑO facultades para actuar en el presente procedimiento.
2- Por ser la actuación recurrida no susceptible de apelación. Así se decide