...DISPOSITIVA.
En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y actuando por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la cuestión previa prevista en el ordinal 7° del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, referida "la existencia de una condición o plazo pendientes", promovida por la apoderada judicial de la parte demandada, abogada RUTH YAJAIRA MORANTE HERNANDEZ, antes identificada, tomando como fundamento los argumentos antes expuestos.
SEGUNDO: Como consecuencia de lo anterior y de conformidad con lo previsto en el artículo 358 del Código de Procedimiento Civil, se ordena a la parte demandada CONTESTAR la presente demanda, dentro de los cinco (5) días de despacho siguientes a la presente fecha.
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