Por todo las consideraciones antes expuesta este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Penal en función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley NIEGA la solicitud de una Medida Cautelar Sustitutiva y se acuerda mantener la MEDIDA JUDICIAL DE PRIVACION PREVENTIVA DE LIBERTAD, decretada en contra de los imputados JOSE LUIS AZUAJE ALVAREZ Y MARIA AZUAJE ALVAREZ, por considerar que se mantienen hasta el presente momento procesal las causas que dieron origen a la misma