Administrando Justicia en Nombre de la Republica y por Autoridad de la Ley, DECLARA CUMPLIMIENTO DE LA PENA PRINCIPAL y DE LAS PENAS ACCESORIAS, previstas en el Artículo 16 del Código Penal, que fueran impuestas al ciudadano CARLOS LEOBALDO PACHECO MARTINEZ, titular de la Cédula de Identidad N° V- 14.953.207, quien fue condenado por el Juzgado Cuarto de Control de este Circuito Judicial, en fecha 27 de julio del año 2006, a cumplir la pena de TRES (03) AÑOS DE PRISIÓN, por ser autor responsable del delito de LESIONES INTENCIONALES GRAVISIMAS, previsto y sancionado en el Artículo 414 del Código Penal. En consecuencia se declara la EXTINCIÓN DE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL en el presente caso, conforme con lo previsto en el antes señalado artículo 105 del Código Penal, por haber cumplido la pena principal, igualmente se extinguen las penas accesorias a que fue condenado, y en consecuencia se decreta la LIBERTAD PLENA del mismo; todo de conformidad con lo previsto en el Artículo 479 ordina.....