...y por Autoridad de la Ley, ACUERDA:
PRIMERO: Se DECLARA SIN LUGAR LA EXCEPCIÓN, contenida en el artículo 28, numeral 4 literal "i" del Código Orgánico Procesal Penal, por haberse promovido ilegalmente la acción, por falta de los requisitos formales para intentar la acusación contenidos en los numerales 2, 3, 4, y 5 del artículo 326 eiusdem, opuesta por la ABG. MARGARETH RON, actuando en su carácter de Defensora Pública Penal del ciudadano JOSE ANTONIO ARTEAGA, titular de la cedula de identidad Nro. V-4.429.631, por ser las mismas extemporáneas de acuerdo a lo previsto en el artículo 328 de la ley adjetiva penal...