Por las razones que anteceden, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: ÚNICO: CONCEDE FUERZA EJECUTORIA en el territorio de la República Bolivariana de Venezuela a la sentencia de divorcio de mutuo acuerdoproferida por el Juzgado de Primera Instancia N° 2 de Puerto del Rosario, España en fecha 13 de junio de 2006, Resolución No. 000075/2006, y procedimiento No. 0000284/2006,mediante la cual se disolvió el vínculo matrimonial que existía entre los ciudadanos FRENYA MARVELIS CHÁVEZ NÚÑEZ y EDGAR ALEXANDER GIL RODRÍGUEZ, antes identificados, contraído ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Cristóbal Rojas, parroquia Charallavedel estado Bolivariano de Miranda en fecha 8 de mayo de 2001, según consta de acta de matrimonio distinguida con el No. 02, folio 02 del año 2001.
Asimismo, se .....