CAPÍTULO III
DISPOSITIVA
Ahora bien, en atención a los recaudos consignados, así como las declaraciones testimoniales de los ciudadanos CARLOS GREGORIO FUENTES ALZOLAR y MIGUEL ANGEL RIVAS VERACIERTA, antes identificados, y con las consideraciones de Hecho y de Derecho, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo previsto en el artículo 3 de la Resolución Nº 2009-0006, de fecha 18 de marzo de 2009, DECLARA: CON LUGAR, la Solicitud de DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, a favor de los ciudadanosANA ROSA ALTRIAGA FLORES, MARIO JAVIER LEONEIT FLORES, SANTIAGO ISMAEL ALTRIAGA FLORES Y ANA MARIUSA ALTRIAGA FLORES, titulares de las cédulas de Identidad Nº V-16.556.420, V-16.556.410, V-16.556.411 y V-19.958.223, respectivamente, quienes son hijos de la ciudadana ARGELIA DEL CARMEN FLORES, (FALLECIDA). Dejando a salvo los derech.....