En el presente asunto se observa que el ciudadano WINDER LEOMAR MARTINEZ NATERA, fue condenado por el delito de ACTOS LASCIVOS previsto y sancionado en el artículo 376 del código penal con el agravante del artículo 217 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niños, Niñas y Adolescentes, al ser la pena impuesta en la sentencia de DOS (02) AÑOS DE PRISION, es decir, que no excede de de cinco (05) años previsto en el Código Orgánico Procesal Penal, y tampoco consta en el presente asunto que en contra del penado haya sido admitida acusación por la comisión de un nuevo delito, o le haya sido revocada cualquier fórmula alternativa de cumplimiento de pena que le hubiere sido otorgada con anterioridad; por lo que opta al BENEFICIO DE SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, previo cumplimiento de los requisitos exigidos en el artículo 482 del Código Orgánico.
En cuantos a las formulas alternativas de Cumplimiento de Pena, Trabajo fuera del Establecimiento, Destino a .....