...Declara CON LUGAR, la Solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos: FUENTES ELIZABETH y ORTEGA LANDEZ MANUEL EUGENIO, venezolanos, mayores de edad, con domicilio en la ciudad de Caucagua, Municipio Autónomo Acevedo del Estado Miranda, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-5.226.501 y V-5.411.326, respectivamente, con fundamento en el Artículo 185-A del Código Civil Venezolano. En consecuencia, se declara DISUELTO el vínculo conyugal existente entre ellos, contraído por ante la Prefectura del Distrito Acevedo del Estado Miranda, en fecha 05 de Agosto de 1977.