Se DECLARA CON LUGAR, la Solicitud de Revisión de Medida formulada por el Defensor Publico DR. CIPRIANO ESCOBAR, de conformidad con lo previsto en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, en consecuencia acuerda exonerar a la imputada MISLEIDY ZARAY RAMOS CORDOVA, titular de la cédula de identidad V-20.820.439, de la obligación de presentar los Fiadores exigidos en la Audiencia de Presentación y en su lugar, a los fines de asegurar las resultas del proceso se le impone la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad prevista en el artículo 256 numeral 9° del Código Orgánico Procesa Penal, consistente en la Obligación de comparecer por ante la Fiscalía Cuarta (4º) del Ministerio Publico y por ante este Juzgado Primero de Control, las veces que sea requerida, con la finalidad de darle continuidad a los actos procesales relacionados con la presente causa, advirtiendo a la imputada que el incumplimiento de la medida acordada, podrá traer como consecuencia la privación de su libertad.....