Este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Guarenas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara COMPETENTE para conocer de la acción de cobro de prestaciones sociales y otras acreencias laborales, incoada por el ciudadano FIDEL GUARAMATO, en contra de la FUNDACIÓN IMPRENTA DE LA CULTURA, al Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Guarenas, quien deberá proferir decisión en los términos previstos en el artículo 131 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.