En consecuencia, con base a lo precedentemente expuesto este Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Charallave. Administrando Justicia, En nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley Declara: EXTINGUIDO el procedimiento por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES seguido por el ciudadano RICHARD ALEXIS BARRIOS CARRASCO, titular de la cédula de identidad número V- 6.964.915, en contra de la sociedad mercantil ANNFELCA SEGURIDAD, C.A., en virtud de la incomparecencia de ambas partes a la celebración de la Audiencia Preliminar fijada para el día de hoy, a las diez de la mañana (10:00 a.m.). Dando cumplimiento a lo establecido en las disposiciones del artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, se ordena dejar copia certificada de la presente decisión en el Archivo del Tribunal. Se ordena la publicación de la presente decisión en la pagina.....