Este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Brión y Eulalia Buróz de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, procede de conformidad con lo establecido en el artículo 936 y siguiente del Código de Procedimiento Civil vigente, DECLARA, a los ciudadanos ZOMANGELA MARCANO GUAIMARA y LENIN ERNESTO MARCANO GUAIMARA, ambos de nacionalidad venezolana, mayores de edad, solteros, titulares de la cédula de identidad N° V-14.428.573 y 14.428.519, respectivamente, UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del De Cujus ANGEL RAFAEL MARCANO JARAMILLO, quien en vida era titular de la cedula de identidad Nro. V-2.642.368. Se dejan a salvo los derechos de terceros. Devuélvanse los originales a la parte interesada.
Déjese copia certificada de la presente decisión de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Regí.....