CAPÍTULO IV
DECISIÓN
Con las consideraciones de hecho y de derecho arriba indicadas, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Cristóbal Rojas y Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Charallave, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECIDE: CON LUGAR, la solicitud de divorcio intentada por los ciudadanos: LUZ MARIA MORE DE ORTEGA y JOSE SALVADOR ORTEGA, venezolanos, mayores de edad, y titulares de las cédulas de Identidad Nº V- 6.662.466 y V-6.123.377, respectivamente, fundamentada en el artículo 185 del Código Civil, en relación con la sentencia Nº 1070 de la SCTSJ. En consecuencia, DISUELTO el vínculo conyugal que los une hasta el día de hoy, contraído en fecha 08 de noviembre de 1989, por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Sucre, del Estado Bolivariano de Miranda, según acta Nº 503, del Libro de Registro Civil de Matr.....