...Declara CON LUGAR, la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos: PEDRO JOSÉ ESCALONA POMPA y MARÍA RAQUEL MAITA DE ESCALONA, venezolanos, mayores de edad, casados, de esta domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-10.515.358 y V-8.753.593, respectivamente, con fundamento en el Artículo 185-A del Código Civil Venezolano. En consecuencia, se declara DISUELTO el vínculo conyugal existente entre ellos, contraído por ante el Concejo Municipal del Distrito Zamora del Estado Miranda, en fecha 04 de Marzo del 1.988.-