Por las razones que anteceden, este Tribunal Segundo de Municipio del Municipio Guaicaipuro de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en la ciudad de Los Teques, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la conversión en divorcio de la Separación de Cuerpos decretada a favor de los ciudadanos NANYORLY NOEMI GARCIA GONZALEZ y KENINZOR SAMUEL MOISES ZAVARCE FERNANDEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nro. V-24.462.752 y V-26.142.902, respectivamente, de conformidad con lo establecido en el artículo 185 del Código de Procedimiento Civil y en consecuencia, disuelto el vínculo que los unía en virtud del matrimonio celebrado en fecha 11 de octubre del año 2011 ante la Oficina de Registro Civil del Municipio Bolivariano de Guaicaipuro del Estado Bolivariano de Miranda, según consta del acta de matrimonios inserta bajo el N° 131 del Libro de Matrimonios lleva.....