Este Juzgado sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, actuando conforme a lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con la Resolución Nº 2009-006, emanada del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 18 de Marzo de 2009, y publicada en la Gaceta Oficial Nº 39.152, el día 02 de Abril de 2009, DECRETA dichas actuaciones JUSTIFICATIVO SUFICIENTE para asegurar que los ciudadanos DORIS ELENA QUINTERO ZAMBRANO , venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-10.781.092, y los ciudadanos GREGORIA ZAMBRANO DE QUINTERO, MARGARITA JOSEFINA QUINTERO ZAMBRANO, MARINA QUINTERO ZAMBRANO, TOMAS RAMON QUINTERO ZAMBRANO, ROSA ALICIA QUINTERO ZAMBRANO y JESUS ENRIQUE QUINTERO ZAMBRANO, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros V-634.787, V-6.350.013, V-6.356.730, V-6.552.461, V-6.552.462, V-10.781.093; respectivamente; son los ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus GUSTAVO QUINTERO, quien.....