TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL NUMERO CUATRO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, RESUELVE: PRIMERO: CALIFICA LA FLAGRANCIA en la aprehensión de la imputada ANA MERY ROZO DE LIZCANO, de nacionalidad Venezolana, de 35 años de edad, Cedula de Identidad N° 12.196.888, hijo de MARIA CONTRERAS (v) y CAMILO ROZO(v) nacida el día 20-05-1969, de estado civil Viuda, comerciante, residenciada en Barrio Bolívar, vereda 2, numero 2-35, sector las Torres, entrando por la casilla de los teléfonos, casa de dos pisos, color naranja, Estado Táchira, en la comisión del delito LESIONES INTENCIONALES LEVISIMAS, previsto y sancionado en el artículo 419 del Código Penal, por estar satisfechos los extremos del artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal y el articulo 44 ordinal 1º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.- SEGUNDO: Ordena la prosecució.....