Por lo antes expuesto, este Juzgado de los Municipios Independencia y Simón Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Santa Teresa del Tuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos, ANGARITA GONZALEZ DANIEL JOSE y VERA RIOS OSMERLYN VIRGINIA, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nos. V-18.728.667 y V-17.475.833, respectivamente. En consecuencia, se declara Disuelto el Vínculo Matrimonial que los une, contraído ante el Registro Civil del Municipio Simón Bolívar, del Estado Bolivariano de Miranda, tal como se evidencia del Acta de Matrimonio Nº 02 de los Libros de Matrimonio Civil llevados por la referida oficina para el año 2005, cuya copia debidamente certificada cursa a los folios 05 y 06 del presente expediente. Así se decide.-