Todo ello en el juicio que por COBRO DE BENEFICIO LABORAL incoara la ciudadana ANDEINA DESIREE DIAZ ALVAREZ, titular de la Cédula de Identidad N° 20.034.636, contra la Entidad de Trabajo PERFUMERIA Y COSMETICOS LA SIRENA C.A debidamente inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda en fecha 21-04-1987, bajo el No. 70, Tomo 192-A- Sgdo.
No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del presente fallo.
Dando cumplimiento a lo establecido en las disposiciones del artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, se ordena dejar copia certificada de la presente sentencia en el archivo del Tribunal.
Se ordena la publicación de la presente decisión en la página WEB del Tribunal Supremo de Justicia en el site denominada Región Miranda.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo.....