A la luz de las consideraciones precedentemente expuestas, esta SALA SEGUNDA DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MIRANDA, EXTENSIÓN BARLOVENTO, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE POR EXTEMPORÁNEO el recurso de apelación ejercido por la abogada FRANCIS MARISOL HERNÁNDEZ, actuando en su carácter de Fiscal Auxiliar Vigésimo Octavo (28º) del Ministerio Público, contra la decisión dictada en fecha 24 de octubre de 2.014, por el Juzgado Cuarto (4º) de Primera Instancia en lo Penal Estadal y Municipal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Miranda extensión Barlovento, mediante la cual otorgó la libertad plena y sin restricciones al ciudadano HERNÁNDEZ GONZÁLEZ SERGIO MANUEL.