Por lo anterior expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control No 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Barlovento, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, con fundamento en los artículo 250 y 251 del Código Adjetivo Penal, DECRETA MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, contra el imputado ciudadano YORJAN ENRIQUE LAVANA MARTEL venezolano, de 22 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Sargento Segundo del Ejercito, titular de la Cédula de Identidad No 15.370.864. Domiciliado en la primera calle de Santa Elena, No 9557-2, Paparo, Estado Miranda. Por la presunta comisión del delito de Homicidio Calificado, previsto en el artículo 408 ordinal 1º y 2º del Código Penal.
Quien deberá ser trasladado al Centro de Procesados Militares, ubicado en Los Teques, a la orden de este Tribunal.