...Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en funciones de Juicio N° 03 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en la ciudad de Los Teques, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara lo siguiente:
Primero: Improcedente la solicitud de las partes relativa al diferimiento del juicio oral y público, de conformidad con lo establecido en los artículos 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 108 numeral 14 del Código Orgánico Procesal Penal;
Segundo: Se declara parcialmente privada la audiencia del juicio oral en la presente causa, específicamente en lo que respecta a las declaraciones del médico Forense y de la Víctima, de conformidad con lo establecido en el artículo 333 numeral 1 del Código Orgánico Procesal Penal.-
Quedaron notificadas las partes en virtud de haberse dictado el presente fallo en el curso de .....