DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA SEGUIDA al ciudadano; MONASCAL TORRES KABIL JEAN, quien es titular de la Cédula de Identidad Nº 14.678.256, de nacionalidad venezolana, nacido en fecha 20-07-79, , soltero, motorizado, hijo de Alida Torres (v) y de Luis Armando Monascal (v), residenciado en en el barrio 23 de Enero, sector El Cementerio, al frente de la Licorería El Tigre, calle Principal, casa s/n, Guatire, Municipio Zamora, Estado Miranda, Municipio Pedro Gual en virtud de LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL POR CUMPLIMIENTO DEL PLAZO Y OBLIGACIONES IMPUESTAS CON MOTIVO DE LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO, de conformidad con lo estatuido en los artículos 48, numeral 7° , 318 numeral 3° y 319, 45 todos del Código Orgánico Procesal .