...DESISTIDA la apelación interpuesta por el abogada EDITA DEYANIRA PEREZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 31.463, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandante contra el auto de fecha 21 de Enero de 2010, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con Sede en Charallave.- SEGUNDO: En estricta observancia sobre el orden público que debe observarse en todo proceso, SE REVOCA en todas sus partes el auto dictado en fecha 21 de Enero de 2010, dictado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con Sede en Charallave, en consecuencia SE ORDENA la admisión de la demanda y la continuación de su trámite legal.-TERCERO: NO HAY CONDENA EN COSTAS dada la naturaleza del fallo.