REVOCA LAS SANCIONES DE IMPOSICIÓN DE REGLAS DE CONDUCTA y SERVICIOS A LA COMUNIDAD, por incumplimiento, impuestas al adolescente IDENTIDAD OMITIDA, por la comisión de los delitos de INVASION, conforme a lo previsto en el artículo 471-A del Código Penal, POSESION DE ARMA DE FUEGO, previsto en el artículo 111 de la Ley para el Desarme y Control de Armas y Municiones, PRIVACIÓN ILEGÍTIMA DE LIBERTAD, previsto en el artículo 174 del Código Penal y TRAFICO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES y PSICOTROPICAS, EN LA MODALIDAD DE OCULTACIÓN, previsto en el artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas, en perjuicio de los ciudadanos JOHAN MARTINEZ, MANUEL DE JESUS MARTINEZ, AGUSTIN CAMARGO y NANYS ROMERO y en su lugar lo SANCIONA CON LA MEDIDA SOCIOEDUCATIVA DE PRIVACION DE LIBERTAD, POR EL LAPSO DE SEIS (06) MESES, DECLARANDOLO EN REBELDIA, ordenándose en consecuencia, SU CAPTURA, de conformidad con lo establecido en el artículo 628 segundo aparte, en relación con el artículo 617 ambos de la L.....