No obstante de ello, para analizar en detalle las circunstancias particulares en esta fase del proceso, más si el papel del juez, quien en el ejercicio de sus funciones y con el fin de lograr la resolución del litigio, puede proponer soluciones directas, adelantar opinión, plantear opciones, por cuanto al no decidir puede claramente señalar a las partes sus posibilidades frente a sus pretensiones, lo cual le da más libertad para inducirlos a un acuerdo, que es en sí, una de las principales finalidades de la audiencia preliminar; puede también declarar la improcedencia in limine litis, en fin ejercer cualquier actividad que ayude o contribuya a la posibilidad de lograr una mediación o conciliación entre las partes producto del conflicto judicial, con lo cual se puede lograr un proceso rápido y efectivo.- así se deja establecido.-
Esta Juzgadora como rectora del proceso en virtud de lo señalado en el artículo 6 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, como directora del proceso, confor.....