DECLARA EJECUTADA Y COMPUTADA la Pena que le fue impuesta a los ciudadanos Penados: ESPINOZA MEJIAS JESUS ALBERTO, HERRERA CORRO EDWARD ALEXANDER Y RIVAS RAMIREZ FELIX JOSE, de nacionalidad venezolana portadores de la cédula de identidad Nros. V-14.203.670, V-20.417.582 Y V-18.556.401 respectivamente, todo conforme con lo dispuesto en los artículos 479, 480 y 482 del Código Orgánico Procesal Penal.