Primera: Con lugar la revisión de la medida cautelar sustitutiva de libertad consistente en fianza, a favor del ciudadano: Alejo Martínez Douglas Alberto, titular de la cédula de identidad N° V-16.368.256. Para lo cual deberá presentar dos (2) fiadores que acrediten cada uno capacidad económica de cincuenta (50) unidades tributarias, de conformidad con lo establecido en los artículos 263 y 264 ambos del Código Orgánico Procesal Penal.-
Secunda: Se ratifican el resto de las medidas cautelares sustitutivas impuestas por el Tribunal en funciones de control N° 06 de éste Circuito Judicial Penal y sede, de fecha 04/12/02, conforme al contenido de los artículos 263 y 264 ambos del Código Orgánico Procesal Penal.-
Notifíquese a las partes de conformidad con lo establecido en el único aparte del artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal.-