....Parcialmente Con Lugar la impugnación efectuada por el apoderado judicial del actor y por cuanto la demandada no dio cumplimiento a lo establecido en el artículo 126 de la Ley Orgánica del Trabajo en lo que respecta al pago de los salarios caídos a los fines de dar por terminado el procedimiento, en consecuencia se ordena a la demandada a pagar la cantidad de 5.452.000 Bs. correspondiente a los salarios caídos desde el 30 de Julio de 1999 a la fecha de publicación del presente fallo.