Por los argumentos antes expuestos este Tribunal de Primera Instancia, segundo en funciones de juicio del circuito Judicial Penal con sede en Guarenas, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley efectúa el siguiente pronunciamiento:
1.- Dado que se ha demostrado la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 408, ordinales 1° y 2ª del Código Penal se declara culpable y condena al ciudadano LEONARDO JOSÉ MATA OROPEZA titular de cedula de identidad N° V-15.025.528 a la pena de veintitrés (23) años de presidio y las accesorias del articulo 13 ordinales primero y segundo del código penal.