declara: que el Tribunal competente para conocer de la Acción de Amparo interpuesta por la ABG. EDELITZABEL MARQUEZ ESTRADA, representante de la COOPERATIVA MARQUEZ VALLES CONSULTORES, R.L, es el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, por lo tanto este Tribunal DECLINA LA COMPETENCIA en Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en los Teques y ordena remitir el presente expediente, al Juzgado Distribuidor de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en los Teques, para su debida distribución y se continúe con la sustanciación y demás tramites de la presente solicitud de Amparo Constitucional, por lo que una vez precluído el lapso correspondiente para interponer los recursos pertinentes contra esta decisión, se ordenará respectiva remisión