declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha 28 de marzo del 2008, por el Abogado OSCAR DELGADO en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante, contra la sentencia de fecha por el Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Guarenas que negó admitir la demanda. SEGUNDO: SE REVOCA la sentencia recurrida antes identificada. TERCERO: SE ORDENA al Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Guarenas a dictar auto de admisión de la demanda y dar continuación al procedimiento. CUARTO: NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS dada la naturaleza del presente fallo.