Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Barlovento, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, NIEGA el beneficio de Libertad Condicional al penado APONTE HECTOR JOSÉ, titular de la Cédula de Identidad N° V- 9.996.884, conforme lo establecido en los artículos 479 y 500 del Código Orgánico Procesal Penal.