emite los siguientes pronunciamientos, PRIMERO: SANCIONA los adolescentes IDENTIDADES OMITIDAS, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COAUTORIA previsto en el articulo 458 del Código Penal en concordancia con el articulo 83, en perjuicio de VIELMA BLANCO ANTONIO JOSE titular de la cedula de identidad Nº V.- 19.634.250 Y ESTACION DE SERVICIO VISTA LAGO, AL CUMPLIMIENTO EN FORMA SUCESIVA, de PRIVACIÓN DE LIBERTAD POR EL LAPSO DE UN (1) AÑO, LIBERTAD ASISTIDA por el termino de un (1) año una vez concluida la sanción privativa, y REGLAS DE CONDUCTA por el termino de SEIS (6) meses, en los términos expuestos en este fallo, delito este que les fuera imputado por el Representante del Ministerio Público en la oportunidad correspondiente, todo de conformidad con lo establecido en el articulo 620 literales "F" Y "B", en concordancia con los articulo 622, y 628, 626 y 624 todos de la Ley Orgánica para la Protección de Niños Niñas y Adolescentes. SEGUNDO: Con la lectura y .....