declara INADMISIBLE la acción de amparo interpuesta por los ciudadanos MORAIMA ISTURIZ, LISSETE DEL VALLE RON, RUTH OLUWATOYIN TAYLOR, OMARLY DOMINGA PARICA, YUBISAY CRISTINA STACKPOLE BALAN, LEIMY CRISTINA QUEZADA, CARMEN ROSMARY RENGIFO, KELVIS DANIEL FRANCO, YILKA KATERINE SUAREZ e ISAEL YOAN LOVERA, de nacionalidad sierraleonesa la tercera de ellos, y los demás de nacionalidad venezolana, mayores de edad y titulares de la cédula de identidad números 18.556.936, 12.396.800, la tercera de ellos titular del pasaporte Nº E-0118581, y el resto titulares de la cédula de identidad números 15.026.899, 15.838.737, 18.599.191, 18.402.784, 23.651.722, 19.787.532 y 19.787.515 respectivamente, en contra ULISES ANTONIO CORDIDO SALAZAR y DAMASO ASDRUVAL SUAREZ SUAREZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad números 3.624.847 y 6.496.985, respectivamente.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Prime.....