SE DECRETA LA PRIVACION PREVENTIVA DE LIBERTAD del ciudadano: JEAN CARLOS SIFONTES SANCHEZ, por encontrarse incursos en la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO EN GRADO DE COMPLICIDADA CORRESPECTIVA y HOMICIDIO CALIFICADO EN GRADO DE TENTATIVA previstos y sancionado en los artículos 408 ordinal 1° con relación al artículo 80, 426 ambos de Código Penal, en virtud de estar llenos los extremos legales de los artículos 250 numerales 1, 2 y 3; 251 numerales 2 y 3; y 252 numerales 1 y 2 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se fija como sitio de reclusión el Internado Judicial El Rodeo II. Se ordena proseguir por la vía del procedimiento ordinario Quedando las partes notificadas. Regístrese, Notifíquese y librense los oficios correspondientes