Definitivamente como ha quedado la sentencia dictada por el Tribunal Tercero de Primera Instancia en Función de Control de esta misma Circunscripción Judicial y Sede, la cual en fecha 27-04-2.004, por procedimiento por Admisión de los Hechos, previsto en el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal, mediante la cual CONDENÓ al penado LOBO GUSTAVO JAVIER identificado con la Cédula de Identidad Número 14.360.302 a cumplir la pena de OCHO (8) MESES DE PRISION, por ser responsable de la comisión del delito de ENCUBRIMIENTO previsto y sancionado en el artículo 255 del Código Penal, así como al cumplimiento de las penas accesorias accesorias de prisión establecidas en el artículo 16 del Código Penal, por lo que se ACUERDA su inmediata ejecución, conforme a lo dispuesto en el artículo 479 ordinal 1°, en relación con lo dispuesto en el artículo 482, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, a tal efecto observa:
PRIMERO: Se observa que el penado.....