NIEGA EL OTORGAMIENTO de la formula alternativa de cumplimiento de pena como es el TRABAJO FUERA DEL ESTABLECIMIENTO, al penado CORREDOR CAMPOS ANDRÉS ELOY, quien es venezolano, natural de Caracas Dtto. Capital, nacido en fecha 21-05-78, de 27 años de edad, soltero, Grado de Instrucción Tercer año, hijo de María Lourdes de Corredor (f) y Andrés Eloy Corredor García (v), titular de la Cédula de Identidad N° V-13.608.210, de profesión u oficio Obrero, residenciado en Residencias El Encanto 3era Etapa, Edificio El Turpial piso 4 apto 4-C, Los Teques, toda vez que dicho penado no cumple con la condición 3° del artículo 501 del Código Orgánico Procesal Penal, dado que no cumple con lo establecido en los numerales 2° y 3° del artículo 501 del Código Orgánico Procesal Penal.