OTORGA el beneficio de SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE EJECUCIÓN DE LA PENA, a la penada: CARMEN LUISA SUAREZ MATOS, de nacionalidad venezolana, titular de la Cédula de Identidad Nro. 13.692.498, por el lapso de: UN (01) AÑO, DOS (02) MESES Y DOCE (12) DÍAS, contados a partir de su primera presentación por ante el Delegado de Prueba, ello conforme a lo establecido en los artículos 494 y 495 del Código Orgánico Procesal Penal.