DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio N° 2° del Circuito judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide: mantener la medida cautelar Sustitutiva de Libertad impuesta al Acusado de autos, pero rebajándole las Unidades Tributarias a CIENTO CINCUENTA UNIDADES TRIBUTARIAS EN SU CONJUNTO (150 U. T) y imponiéndole las establecidas en los ordinales 3° y 6° DE LA Ley Adjetiva Penal, en relación con el articulo 258 del Código Orgánico Procesal P, las cuales consisten: 1.- Presentación cada ocho días por ante la Oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, hasta la culminación del presente proceso; 2.- Prohibición de salida de la jurisdicción de este tribunal sin autorización del mismo: 3.- Presentación de dos personas que devenguen un salario equivalente a CIENTO CINCUENTA ( .....