ABSUELVE al ciudadano DEIVIS ENRIQUE RUÍZ GÓMEZ, venezolano, natural de Caracas, nacido en fecha 14 de diciembre de 1987, de 21 años de edad, soltero, de profesión u oficio obrero, portador de la Cédula de Identidad N°V-17.921.738, hijo de Juana Gómez (v) y Ángel Ruíz (v), residenciado en Carretera vieja Petare-Guarenas, Sector El Cercado, casa s/n, en relación a la acusación presentada por el Fiscal Quinto del Ministerio Público, Abg. ORLANDO CARVAJAL, por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR tipificado en los artículos 5º y 6º de la Ley Sobre el Robo y Hurto de Vehículos Automotores, en perjuicio del ciudadano BRETT GALINDO, de conformidad con lo establecido en el artículo 366 del Código Orgánico Procesal Penal; de conformidad con lo establecido en el artículo 366 del Código Orgánico Procesal Penal