Por todos los argumentos anteriormente señalados, esta Sala Tercera de la Corte de Apelaciones Ordinaria y de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Ocumare del Tuy, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Declara SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por los Profesionales del Derecho ROMULO BETANCOURT PIÑERO, LUIS MANUEL MENESES CHAVEZ y VICTOR MANUEL ESCOBAR MERCADO, INPREABOGADO Nros. 64.898, 157.121 y 187.766, respectivamente, en su carácter de defensores privados, del ciudadano MANUEL GREGORIO ACEVEDO titular de la cédula de identidad Nº V-12.507.078, en contra de la decisión dictada por el Tribunal Quinto de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, en fecha 24MAY2013 y fundamentada en fecha 30.....