V
DISPOSITIVO
Con base en los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Guarenas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, administrando Justicia y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de hecho interpuesto por la abogada CRISTINA MENDES, en su condición de representante legal del INSTITUTO DE FERROCARRILES DEL ESTADO (I.F.E). SEGUNDO: SE CONFIRMA el auto dictado en fecha 01 de junio de 2015, por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Guarenas, en consecuencia a ello; se reafirma que la apelación ejercida por la parte actora en contra la decisión dictada en fecha 12 de mayo de 2015, referente a la improcedencia de la medida cautelar solicitada en relación a la suspensión de efectos es extemporánea. TERCERO: No hay condenatoria en costas, d.....