...se declaró redimida la pena impuesta al ciudadano ut supra identificado, se observa seguidamente:
PRIMERO: La ciudadana RICO RODRIGUEZ VESTI ENDRINA, titular de la cédula de identidad número V-21.467.092, fue aprehendida en fecha 13-07-2010, manteniéndose en esa situación hasta el día de 21-03-2012, fecha esta donde este tribunal dictará decisión mediante la cual le otorga la Suspensión Condicional de la ejecución de la Pena, computándose a favor de la rea el tiempo que estuvo privada de su libertad durante el proceso en atención a lo establecido en el segundo aparte del artículo 484 del Código Orgánico Procesal Penal, lo que evidencia que se mantuvo privado de libertad, efectivamente, por un tiempo de 1 año, 8 meses y 8 día.
Así pues, sumando el tiempo de detención efectiva, mas el tiempo en que la penada ha venido cumpliendo con el beneficio otorgado, más el tiempo que ha sido redimido por este órgano decisor, 1 mes y 12 días, se tiene como tiempo de pena cumplida,.....