: En relación al pago de las costas procesales previstas en el artículo 34 del Código Penal a las cuales fue condenado penado en estudio, en virtud del mandato expreso del primer aparte del artículo 26 en relación con el 254 de la Constitución Nacional, la cual deroga tácitamente el numeral primero del artículo 266 del Código Orgánico Procesal Penal, relativo a las Costas Procesales, este Juzgado Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, EXONERA al penado JUNIOR ALBERTO PACHECO PEREZ, titular de la cédula de identidad número V-14..037.123 del pago de las mismas, en acatamiento al mandato constitucional. Y ASI SE DECLARA.
Notifíquese al penado y a su defensa, igualmente notifíquese al ciudadano Fiscal Décimo del Ministerio Público de esta misma Circunscripción Judicial, con competencia plena en Ejecución de Sentencia y Régimen Penitenciario.
LA JUEZ SEGUNDA DE EJECUCIÓN
ADALGIZA T. MARCANO H.
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