...Efectuados los cálculos anteriores, se concluye que el monto real de los derechos de la accionante en este proceso, alcanzan la suma de DIECISIETE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y CINCO BOLÍVARES con noventa y nueve céntimos (BS. 17.955,99) que es la suma debida por la accionada y que se condena en este fallo, más la cantidad correspondiente a los intereses sobre prestaciones sociales, así como, los intereses de mora calculados este último desde la fecha de la presente condena hasta el efectivo cumplimiento del fallo, de conformidad con lo establecido en el Artículo 92 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, así como la cantidad que se genere por Corrección Monetaria en caso de incumplimiento voluntario de la demandada a la sentencia definitivamente firme la cual será calculada desde el decreto de ejecución, hasta su efectivo pago.- Así se decide.
Dada la naturaleza especial de esta decisión se condena en costas.
Por Cuanto esta decisión se publica dentro del lap.....