Por todo lo antes señalado este Juzgado Tercero de Ejecución de este Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Barlovento, con sede en Guarenas, en Nombre de la Republica y por Autoridad de la Ley, REVOCA la formula de cumplimiento de pena que fuera otorgada al penado JOSE GREGORIO YANEZ ARELLANO, titular de la Cédula de Identidad N°--, ello conforme a lo establecido en el artículo 412 del Código Orgánico Procesal Penal.